Resumen
Delega facultades en el Vice-Rector de Docencia y Extensión, y sólo para el ámbito de la Escuela de Periodismo, las facultades consignadas en el Nº7 del artículo 1º de la Resolución Nº 841, de 1988.
La delegación que antecede, tendrá carácter transitorio y se entenderá vigente en tanto no se nombre a la autoridad que asuma la dirección de la citada Escuela. Esta delegación es, además, sin perjuicio de las facultades delegadas en D.U. Nº 668, de 1988 y Resolución 841/88.