Resumen
Sustituye el inciso final del artículo 5º del Decreto Nº
182, de 1988, por el siguiente nuevo texto:
"La Dirección de las unidades de Vice-Decanatos, Subdierecicción de Escuela Tecnológica, Directores de
Departamentos Adacémicos, Escuelas, Institutos y Centros, será desempeñado exclusivamente por académicos, aquienes se les asigne la respectiva función, sin que sea exigible tal requisito para el desempeño de las funciones de Secretario de Facultad y de Secretario de Escuela Tecnológica.