Normativa Interna LEX
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ESTABLECE VALORES DE ARANCELES CARRERA INGENIERÍA DE EJECUCIÓN EN COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA (VESPERTINA)
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Proceso generación de terna para candidatos a Rector. Consejo Académico y Junta Directiva. Fija Plazos. Reglamento conforme a las disposiciones establecidas por el D.F.L. Nº 149, de 1981 y Decreto Supremo de Educación Nº 376, de 1989.
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Establece programa de Postítulo en Técnicas Computaciona- les para el Análisis y Proyecto de Sistemas Eléctricos de Potencia. El desarrollo del Postítulo estará bajo la tuición de la Facultad de Ingeniería. Los postulantes deberán estar en posesión del título profesional de Igeniero Civil o Ingeniero de Ejecución en Electricidad. Modificado por Resolución Nº 2763, de 1992.
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ESTABLECE VALORES DE ARANCELES CARRERA OMGEMIERÍA CIVIL EN INFORMÁTICA (VESPERTINA)
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Instruye sobre salidas de vehículos fuera de Santiago a más de 200 Km.
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CREA PROGRAMA DE DIPLOMADO EN ESTADÍSTICA MENCIÓN MINERÍA DE DATOS.
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FIJA TEXTO DEFINITIVO DE RESOLUCION Nº 3152, DE 1995. ARTICULO 1º.- TENGASE POR CREADO EN LA USACH EL PROGRAMA DE DOCTORADO CON MENSION EN FISICA, CONDUCENTE AL GRADO DE DOCTOR EN CIENS CON MECION EN FISICA. ARTICULO 2º.- EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO ESTARA BAJO LA TUICION DEL DEPARTAMENTO DE FISICADE LA FACULTAD DE CIENCIA. ARTICULO 3º.- EL PLAN DE ESTUDIOS Y LAS NORMAS INTERNAS QUE REGIRAN EL PROGRAMA SERÁN ESTABLICIDAS MEDIANTE RESOLUCION QUE SE DICTARA CON TAL PROPOSITO.
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Crea Programa de Postítulo en Consejería Educacional y Vocacional, mención en Orientación Profesional.
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Crea Programa "Centro de Investigación en Bioética y Salud Pública de la Universidad de Santiago de Chile, el que dependerá de la Rectoría y estará a cargo de un Director, el que será designado por el Rector a pro- posición del cuerpo de investigadores adscritos al Pro- grama. El Director durará dos años en funciones y podrá ser designado hasta por dos períodos sucesivos. Para el desarrollo de dichas actividades, la Rectoría asignará los recursos de acuerdo al presupuesto que anualmente le proponga la Dirección del mismo y conforme a las disponibilidades.
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Introduce al Decreto Nº 25, de 1986, el siguiente artícu- lo transitorio: "En tanto no se resuelva la dependencia definitiva de las escuelas de Periodismo y Arquitectura y del Programa Ba- chillerato, la asunción inmediata de funciones, por razo- nes de buen servicio, de profesores por horas de clases en calidad de contratados de esas unidades será dispuesta por el Vice-Rector de Docencia y Extensión. A esta auto- ridad corresponderá, además, proponer el nombramiento respectivo. El Vice-Rector de Docencia y Extensión podrá constituir comisiones especiales, destinadas a establecer las cate- gorías en que deban quedar situados los interesados".